sábado, 22 de febrero de 2014

Ley de Tierras en 1941 y el reformismo agrario

 
 
 
      La Ley de No. 26 de 1941, conocida como la Ley de Tierras de Puerto Rico, se radicó para rescatar y redistribuir los terrenos en Puerto Rico.  Básicamente, lo que la Ley buscaba era convertir las tierras en fincas y eliminar los agregados.  La Autoridad de Tierras podía rescatar los terrenos expropiándolos, comprándolos a los poderes judiciales o negociándolos directamente[1].  Dicha Ley, buscaba eliminar los latifundios agrícolas y redistribuyó la tierra en 3 maneras diferentes.  La primera es la creación de fincas individuales, que consisten en  terrenos de más de 10 cuerdas y menos de 100 cuerdas, que eran vendidas a trabajadores de la tierra que necesitaran el terreno y tenían para pagarlo 40 años[2].  La segunda forma de redistribución de terrenos era por fincas de beneficio proporcional, que consistía en fincas de 100 a 500 acres cultivadas donde sus beneficios sean más altos que sus gastos[3].  Los beneficios que dejaba la producción eran repartidos entre todas las personas que participaron en la producción.  Estas fincas no se dividían territorialmente pero si se dividían sus beneficios.  Y la última forma de redistribución lo era la libertad.  Esta forma consistía en la adquisición de terrenos por parte de la Autoridad y divididos en parcelas de un cuadro (1,000 metros cuadrados) o una parcela de una cuerda[4].  Los cuadros eran cedidos a los trabajadores y si deseaban adquirir una parcela tenía que pagar una diferencia.  Esta diferencia monetaria era utilizada para realizar mejoras a las obras públicas.  Como se puede apreciar, la aplicación de la Ley de Tierras aplicada por la Autoridad de Tierras liderada por Carlos Chardón, reformó el sistema agrario.  Anteriormente, grandes cantidades de terreno eran poseídas por  terratenientes que controlaban la vida de sus agregados, con las estipulaciones de la Ley se logró eliminar los agregados y permitió que pequeños agricultores pudieran obtener terrenos para ejercer su oficio.  Finalmente, la agricultura quedó rezagada ante el proceso de industrialización, ya que para 1940 se cosecharon 740,000 cuerdas de terreno, mientras que para 1969 solo quedaban 362,642 cuerdas cosechadas[5].  Esto permitió que bajara la producción agrícola y se recurriera a importar productos del exterior.     




[1] Gándara, Raúl, La Ley de Tierras de Puerto Rico, la Autoridad de Tierras y su obra.  San Juan, Puerto Rico:        [s. n.], 1942, p. 6.
[2] Óp. Cit.,  p.7.
[3]Óp. Cit.,  pp. 7-8.
[4] Óp. Cit., p. 9.
[5] Curet Cuevas, Eliezer, El desarrollo económico de Puerto Rico, 1940 a 1972.  Hato Rey, Puerto Rico: Management Aid Center, 1976, p. 144. 

Otras Fuentes:
http://www.enciclopediapr.org/esp/article.cfm?ref=06102002
http://clasedehistoria10.blogspot.com/2013/02/reforma-agraria-y-desarrollo-industrial.html

No hay comentarios.:

Publicar un comentario